Dejar mal estacionado el vehículo en lugares permitidos.
- Monto S/
- S/ 220.00
- Con descuento (*)
- S/ 37.40
Tabla de infracciones
Decreto Supremo N.º 016-2009-MTCTexto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito – Código de Tránsito y modificatorias.
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Dejar mal estacionado el vehículo en lugares permitidos.
Estacionar un vehículo en zonas de parqueo destinadas a vehículos que transportan a personas con discapacidad o conducidos por éstos.
Abrir o dejar abierta la puerta de un vehículo estacionado, dificultando la circulación vehicular.
Utilizar el carril de giro a la izquierda para continuar la marcha en cualquier dirección que no sea la específicamente señalada.
Arrojar, depositar o abandonar objetos o sustancias en la vía pública que dificulten la circulación.
Utilizar la bocina para llamar la atención en forma innecesaria
Hacer uso de bocinas de descarga de aire comprimido en el ámbito urbano.