Conducir veh cat L no cabinado, con excep de cat L5: - Sin el casco de seg; o sin lentes protec, en caso el casco no tenga visor; o - Permitir que los...
- Monto S/
- S/ 440.00
- Con descuento (*)
- S/ 74.80
Tabla de infracciones
Decreto Supremo N.º 016-2009-MTCTexto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito – Código de Tránsito y modificatorias.
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Conducir veh cat L no cabinado, con excep de cat L5: - Sin el casco de seg; o sin lentes protec, en caso el casco no tenga visor; o - Permitir que los...
Circular con placas ilegibles o sin iluminación o que tengan adherido algún material, que impida su lectura a través de medios electrónicos, computari...
No llevar las placas de rodaje en el lugar que corresponde.
Incumplir con devolver las placas de exhibición, rotativa o transitoria dentro de los plazos establecidos en el Reglamento de Placa Única Nacional de...
Utilizar señales audibles o visibles iguales o similares a las que utilizan los vehículos de emergencia o vehículos oficiales.
Conducir un vehículo cuyas características registrables o condiciones técnicas han sido modificadas, alteradas o agregadas, atentando contra la seguri...
No ceder el paso a otros vehículos que tienen preferencia.
Seguir a los vehículos de emergencia y vehículos oficiales para avanzar más rápidamente.
Detener el vehiculo sobre la demarcación en el pavimento de la señal "No bloquear cruce"
Circular por las vías públicas terrestres donde se encuentran instaladas garitas o infraestructura de peaje, sin pagar el monto del peaje aprobado por...
Utilizar, mientras se conduce el vehículo, cualquier dispositivo electrónico que reproduzca imágenes o videos con fines de entretenimiento visual.
Utilizar un vehículo que tenga instalados los dispositivos electrónicos permitidos obstaculizando la visibilidad del conductor mientras conduce o las...
Adelantar o sobrepasar a la bicicleta u otros ciclos o al VMP, incumpliendo la obligación de efectuar dicha maniobra por el carril de la izquierda.
Abrir o dejar abierta la puerta o capot de un vehículo automotor, dificultando la circulación de la bicicleta u otros ciclos o del VMP
* El monto equivale al primer descuento del 83% , el cual estará vigente hasta el quinto día hábil contados a partir del día siguiente hábil de notificada la papeleta. Durante el periodo comprendido entre el sexto día hábil hasta el último día hábil previo a la notificación de la Resolución de Sanción, el descuento será del 67 % sobre el importe de la multa prevista para la infracción cometida. Luego de la citada notificación, el importe será el 100% de la multa.
Restricciones: articulo N° 336 del Decreto Supremo N°016-2009-MTC y modificatorias